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sábado, 21 de mayo de 2016

Recurso pendiente

Van ya para seis años, que se dice pronto, y el Tribunal Constitucional aún no ha tenido tiempo de resolver el recurso de inconstitucionalidad planteado contra la ley 20/2010 del Parlamento catalán, por la que se prohibieron los espectáculos taurinos en aquella Comunidad autónoma.
 De entonces acá, se han multiplicado las iniciativas institucionales contrarias a la Tauromaquia, que no sólo enrarecen el clima social, sino que además causa daños ciertos a la actividad taurina, pese a estar protegida por las leyes. 
Es hora de preguntarse quién resarcirá a la Fiesta de los perjuicios que están provocando tantos y tantos retrasos en definir la cuestión competencial en materia taurina, que es lo que está en juego.

Sabido es que cuando se entra por el camino de los Tribunales, ya sea por la administración ordinaria de la Justicia, ya por la vía del Constitucional, hay que asumir que los tiempos y los plazos son muy diferentes de lo que resulta usual en cualquier otra actividad. En unos casos por la saturación de  pleitos que se aglomeran en los Tribunales, en otros por los propios requisitos derivados de las garantías procesales.
Ese prolongarse en el tiempo causa una pocos problemas a los ciudadanos, como se ha reconocido en la propia jurisprudencia, que ha sentenciado que cuando un pleito se resuelve fuera de un tiempo razonable, el resultado final es menos Justicia. Tambièn cuando la instancia a la que se acude es el Constitucional.
En la Tauromaquia va ya para cinco años que el Tribunal Constitucional tiene encima de su mesa el recurso de inconstitucionalidad planteado en su día contra la Ley 28/2010, de 3 de agosto, por la que se modificó del artículo 6 del texto refundido de la Ley de Protección de los Animales, aprobada en febrero de 2008; en virtud de esta modificación quedaban prohibidos en aquella Comunidad autónoma los espectáculos taurinos reglados.
Con posterioridad a esta acción legislativa autonómica, el Parlamento español aprobó dos leyes que son de aplicación a nuestro caso: la ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural,  y laLey 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Ahora, pasadas las elecciones generales del pasado 20 de diciembre, España presenta un panorama radicalmente distinto a lo que fue habitual durante las cuatro décadas anteriores. La aparición de fuerzas políticas nuevas y de idearios muy dispares, ha agudizado la situación de controversia en torno a la Tauromaquia. Y lo ha hecho con un punto de agresividad que hasta ahora no se conocía. Como es bien sabido, los planteamientos que, directa o indirectamente, buscan es sencillamente la abolición de la Fiesta; no sólo se han multiplicado sus llamamientos, sino que han sido asumidos por instituciones tanto locales como autonómicas, que tratan de materializarlos en la normativa sobre la que no tienen competencias.  
Como bien sabemos, en el nuevo contexto político e institucional,  tras Cataluña vino el caso de La Coruña, donde el Ayuntamiento, ha suprimido los festejos de la feria de María Pita; en Huesca, el tripartito que gobierna la ciudad hicieron público un documento en el que se acordaba la desaparición paulatina de los festejos taurinos hasta suprimirlos en 2017; y ahora es  Palma de Mallorca sigue los pasos para declararse ciudad antitaurina. Pero también son otros municipios más pequeños que, o bien han tomado las medidas de prohibirlos o está en su programa electoral hacerlo.
Los estamentos taurinos han reaccionado frente a estas nuevas circunstancias con iniciativas como la creación de la Fundación del Toro de Lidia, que aunque hoy siga estando un tanto desdibujada, no por eso deja de ser una plataforma común con muchas posibilidades de actuación.
Pero por mejor voluntad que se ponga en la tarea, como viene ocurriendo en el ámbito jurídico  --no tanto en el de la comunicación corporativa--, una herramienta institucional de esta naturaleza tropieza ineludiblemente con la multiplicidad de casos que en la práctica se dan. De hecho, la solución definitivo difícilmente llegará --sobre todo: llegará a tiempo-- por la vía de un sin numero de pleitos.
Se necesita, por el contrario, de la validación definitiva de la Tauromaquia como hecho cultural y como patrimonio inmaterial de España. Y eso está en manos del Tribunal Constitucional, que es quien debe dirimir las disputas competenciales y de contenidos en estas materias entre las distintas Adinistraciones. Definido estos extremos por el más alto Tribunal, todo el panorama cambia. Será a favor de la Fiesta, si dan a la razón a los recurrentes; nos hunden en un abismo como sea lo contrario. Hasta el momento, los retrasos del Constitucional en pronunciarse lo que viene provocando es un enmañaramiento aún mayor de la cuestión a resolver.
La realidad es que esta demora no sólo está dejando abierto un caso que razonablemente ya debía haber resuelto, sino que está provocando daños colaterales graves y, además, en número creciente.
Y así, no puede obviarse que de esta decisión del TC depende que se despejen todas las dudas en la aplicación de las dos leyes aprobadas en esta legislatura. Como bien recordada en las páginas de ABC el que fuera presidente de la Comisión de Cultura del Congreso, Juan Manuel Albendea, "estando en vigor la Ley que regula la Tauromaquia, ¿cómo es posible que no se adopten medidas administrativas y judiciales contra esas evidentes infracciones?", cuando si no se responde con urgencia a esa interrogante las infracciones antitaurinas "seguirán proliferando y cada día el tema irá a más y será más enojosa la solución".  De hecho, vemos cómo se multiplican las instituciones que hacen mangas y capirotes,  pese a situarse fuera de la legalidad al tomar decisiones para las que carecen de competencias.  
Si alguna vez el Constitucional sentencia el recurso pendiente, y lo hace como resulta esperable en sentido favorable  a la Tauromaquia, en nuestro ordenamiento jurídico no hay prevista ventanilla alguna en la que presentar reclamación por los daños causados por este larguísimo interregno.
 Ésta es una circunstancia hasta económicamente onerosa para la Fiesta. Y debiera ser tenida en cuenta por los integrantes del Alto Tribunal, para no demorar por más tiempo su decisión. Si la resolución del TC se hubiera dictado en un tiempo razonable, muchas de las discordias que hoy nos rodean habrían perdido todo su sentido.

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